PROYECTO DE DECLARACIÓN

 

 

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires manifiesta su beneplácito ante la reciente sanción por parte del Congreso de la Nación de la Ley de Identidad y Atención Integral de la Salud de las Personas Trans.

 

 

FUNDAMENTOS

 

Señora Presidenta:

 

El día miércoles 8 de mayo del corriente año el Senado de la Nación aprobó la Ley de Identidad y Atención Integral de la Salud de las Personas Trans, que la Cámara de Diputados había aprobado en su última sesión del año 2011.

 

El primer proyecto sobre la materia fue presentado en el año 2007 por la Diputada MC Silvia Augsbuger conjuntamente con ATTTA y la Federación Argentina LGBT y luego yo, como Presidenta de la FALGBT y junto a ATTTA, elaboré y presenté un nuevo proyecto de Identidad de Género y el primero de Atención Sanitaria para personas trans en el Congreso de la Nación en el 2009, proyectos que fueron levantados por la Diputada Juliana Di Tullio y apoyados por más de 20 diputados y diputadas nacionales de distintos sectores políticos. Los mismos proyectos fueron presentados también en sede administrativa desde el INADI (Instituto Nacional contra la Discriminación la Xenofobia y el Racismo) con quien hoy es Diputada de la Ciudad, María José Lubertino, en aquel momento titular del organismo.

 

La nueva ley tiene por objetivo proporcionar un marco jurídico que respete la identidad de las personas trans —travestis, transexuales y transgéneros— y garantice su libre desarrollo. Asimismo, habilita el reclamo de la rectificación registral del sexo y cambio de nombre de pila por vía de un trámite administrativo ante el Registro Nacional de las Personas. Este trámite no presenta requisitos específicos, salvo la propia solicitud de la interesada o el interesado o sus representantes legales, siendo innecesaria la presentación de diagnóstico médico o psiquiátrico alguno, así como tampoco se requiere autorización judicial o ni la realización de ningún tipo de cirugía de reasignación genital previa o posterior al cambio registral.

 

Además, a través de la garantía de acceso a la atención sanitaria integral, se regula el procedimiento que deben llevar a cabo las y los profesionales de la salud en los establecimientos asistenciales de los sistemas de salud público y privado y de las obras sociales para la atención médica de las personas trans, en aquellos casos en que decidan realizar intervenciones para la reasignación genital, u otros tratamientos hormonales o quirúrgicos específicos. La necesidad de la intervención especializada no implica en ningún caso el diagnóstico de una enfermedad, sino el asesoramiento y acompañamiento profesional para garantizar integralmente la salud de los/as ciudadanos/as trans. Se entiende a la salud, en el marco de este proyecto, como el completo bienestar físico, psíquico y social, en conformidad con la identidad y expresión de género, asumida en forma autónoma y de acuerdo con el propio proyecto de vida.

 

Tanto el derecho a la identidad como el derecho integral a la salud están consagrados por la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos, expresados como derecho a la autonomía, derecho a la identidad y derecho a la salud.

 

El derecho a la autonomía implica que todas las personas pueden definir su propio proyecto de vida, que —siempre y cuando no afecte a terceros/as— está exento de la intervención e injerencia estatal. El derecho a la identidad es el derecho a «ser quien se es y no otro/a», y a ser reconocido/a y protegido/a como tal por el Estado, sin condicionamientos. Por su parte, todas las personas gozan del derecho básico a la salud; y esta debe entenderse —al decir de la Organización Mundial de la Salud— como «un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de enfermedad».

 

Se trata de una ley fundamental para alcanzar la inclusión social y la igualdad de oportunidades del colectivo trans, una población que tiene un promedio de vida de 35 años producto de la extrema violencia de la discriminación que sufren a diario. Esta ley es una reivindicación histórica que viene a dar respuesta a algunas de las principales demandas de este colectivo, como punto de partida para garantizar el acceso igualitario a todos los derechos humanos básicos sin discriminación, tales como el derecho a la educación, al trabajo, a la vivienda digna, entre otros.

 

Además, por sus características es una ley de avanzada que sitúa a nuestro país a la vanguardia en cuanto al reconocimiento de derechos del colectivo trans.

 

Finalmente, no puede dejar de mencionarse que la aprobación de esta ley no hubiera sido posible sin el sacrificio y gran compromiso de la militancia LGBT, en especial la de las mujeres y varones trans, y en particular de las compañeras y los compañeros que han sido parte de esta lucha y hoy no están, como Claudia Pía Baudracco.

 

Por todos los motivos expuestos, solicito la pronta aprobación del presente proyecto de declaración.