PROYECTO DE LEY

 

Artículo 1°.- Modifícase el 4º párrafo del artículo 241 del Código Fiscal vigente (LEY Nº 4039/11 T.O. Anexo DECRETO Nº 193/GCABA/12), el que quedará redactado de la siguiente forma:

 

La Valuación Fiscal Homogénea fijada no podrá exceder el porcentaje del valor de mercado de las propiedades que fije la Ley Tarifaría, siendo la misma la Base Imponible de los tributos del presente título.

 

 

Artículo 2°.- Comuníquese, etc

 

 

FUNDAMENTOS

 

Sra. Presidenta:

 

De acuerdo con lo establecido en el Código Fiscal, los impuestos, tasas y demás contribuciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se abonan conforme a las alícuotas y aforos que se determinan en el Anexo I de la Ley Tarifaria, por lo que ésta contiene los cálculos y parámetros cuantitativos respecto de los Títulos del Código Fiscal, como consecuencia entendemos que el Código no debe fijar los mismos.

 

Por lo expuesto solicito la aprobación del presente proyecto de ley.