PROYECTO DE DECLARACIÓN 

 

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires celebra que los turistas extranjeros puedan contraer matrimonio en la Ciudad de Buenos Aires, conforme al  artículo 20 de la Constitución Nacional, a través de la medida impulsada por el Poder Ejecutivo en la Resolución Administrativa Nº 99.

 

 FUNDAMENTOS

 

Señora Presidenta:

El 17 de mayo de 1990, la Asamblea General de la Organización Mundial de la Salud suprimió la homosexualidad de la lista de enfermedades mentales, emprendiendo así un camino hacia la igualdad y la no discriminación.

 

En este marco, hace ya cuatro años, esta Legislatura aprobó una ley que instituye el 17 de mayo como el “Día de Lucha contra la Discriminación por Orientación Sexual o Identidad de Género”.

 

La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dispone en su artículo 11 que “todas las personas tienen idéntica dignidad y son iguales ante la ley. Se reconoce y garantiza el derecho a ser diferente, no admitiéndose discriminaciones que tiendan a la segregación por razones o con pretexto de raza, etnia, género, orientación sexual, edad, religión, ideología, opinión, nacionalidad, caracteres físicos, condición psicofísica, social, económica o cualquier circunstancia que implique distinción, exclusión, restricción o menoscabo.” De igual manera establece que «la Ciudad promueve la remoción de los obstáculos de cualquier orden que, limitando de hecho la igualdad y la libertad, impidan el pleno desarrollo de la persona y la efectiva participación en la vida política, económica o social de la comunidad».

Actualmente, la Argentina es un país avanzado en materia de reconocimiento de los derechos de las lesbianas, gays, bisexuales y transgénero (LGBT), tras la aprobación de la Ley Nº 26.618 que instaura el matrimonio entre personas del mismo género, y la más reciente Ley de Identidad de Género (Ley Nº 26.743).

En este sentido, el 17 de mayo del corriente año el Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires resolvió, a través de la Resolución Nº99, habilitar el ejercicio del derecho a casarse a todas las personas, independientemente de su orientación sexual y nacionalidad.

 

Esta resolución, dictada por la Subsecretaría de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, establece que el Registro Civil porteño deberá “admitir en el marco de las solicitudes de matrimonio, sin ningún tipo de discriminación o diferencia respecto de cualquier solicitante, las peticiones de extranjeros no residentes en los términos de su condición jurídica establecida por los Artículos 20 y 24 de la Ley Nº 25.871”.

 

Consideramos fundamental la promoción, el reconocimiento y ejercicio de los derechos de todo aquél que vive y transita por Buenos Aires y estamos convencidos que medidas como estas garantizan una Ciudad mas inclusiva.

 

Sostenemos firmemente que la sociedad se enriquece, en todo sentido, cuando celebra su diversidad. Debemos entonces trabajar desde el Estado facilitando la integración en pie de igualdad de todos los seres humanos respetando sus singularidades y asumiendo el compromiso de ser una Ciudad que respete a todos por igual.

 

Desde la Ciudad de Buenos Aires debemos trabajar para seguir contribuyendo en el camino hacia la igualdad y la no discriminación con el objetivo de generar una sociedad más justa.

 

Por todo lo expuesto, solicitamos la aprobación del presente proyecto.